sábado, 9 de noviembre de 2024
Miguel Fernández, presidente de la UCR bonaerense: la Justicia confirmó el triunfo de Abad sobre Manes y Lousteau
El Juez Federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla decidió no hacer lugar al recurso de nulidad planteado por la oposición (Lista 15), que cuestionó el triunfo del candidato oficialista Miguel Fernández sobre el candidato de Futuro Radical, Pablo Domenichini.
Tras la elección que tuvo lugar el pasado 6 de octubre, y que finalizó con un cruce de acusaciones por presuntas irregularidades por parte de uno y otro sector, la Junta Electoral partidaria había otorgado el triunfo al postulante de Unidad Radical, espacio que responde al senador nacional Maximiliano Abad.
El fallo fue judicializado por la oposición, alineada con el titular del Comité Nacional, Martín Lousteau, y el diputado Facundo Manes, presentando un recurso ante la Justicia Federal.
Como informó La Tecla.info, el recuento arrojó una diferencia de más de 2 mil votos del oficialismo ante el postulante del tándem que conforman Martín Lousteau y Facundo Manes. De acuerdo con la Junta Electoral, la lista 23 se impuso en toda la Provincia por 39.715votos (51,60%) contra 37.248 votos de la lista 15. De acuerdo al fallo esa diferencia se extendería a unos de 7.000 sufragios, debido a las mesas impugnadas por el juez
La oposición, que había realizado una presentación ante el juez federal Alejo Ramos Padilla por entender que hubo parcialidad en cuanto al tratamiento de las impugnaciones realizadas por ambos sectores.
Cabe recordar que Evolución y el maneísmo apuntaron a resultados cuestionables en distritos como General Pueyrredon, Tigre o San Martín, mientras que el oficialismo duda de la transparencia en las actas que se registraron en bastiones opositores como Quilmes, La Matanza o Ezeiza.
En el fallo, el magistrado confirmó el escrutinio realizado en los distritos de Tigre, General Pueyrredon, San Martín y Villarino, mientras que anuló mesas en otros distritos, donde la oposición obtuvo más votos y mandó a hacer una elección complementaria en Ezeiza.
El juez sostuvo que “firme que se encuentren la presente, y realizada la elección complementaria en el distrito Ezeiza, la Junta Electoral Provincial deberá realizar
un nuevo cómputo de los resultados del escrutinio definitivo de la elección interna
partidaria de la Unión Cívica Radical del Distrito Buenos Aires”.
En su fallo, Ramos Padilla resolvió:
I.- No hacer lugar al recurso de nulidad planteado por los Sres Apoderados de la LISTA 15 contra la resolución Nro. 71/2024 de la Junta Electoral Provincial del Partido Unión Cívica Radical de este Distrito Buenos Aires.
II.- Declarar la nulidad de las Mesas Nro. 7, 14, 15, 16, 22, 23, 26, 28, 29, 30, 32, 33, 34 y 35 del Distrito Quilmes.
III.- Declarar la nulidad de las Mesas Nro. 11, 12, 15, 18, 19, 23, 35, y 36 del Distrito La Matanza.
IV.- Declarar la nulidad de las Mesas Nro. 1, 2, 3 4, 5, 6 del Distrito Ezeiza y, atento a que la cantidad de las mesas anuladas supera el 50% de las mesas de votación habilitadas, hacer saber al Partido de autos por intermedio del Sr. Apoderado que respecto del Distrito Ezeiza deberá realizarse la correspondiente convocatoria a Elecciones complementarias -respecto de las mesas cuya nulidad fuera declarada en autos-; debiendo la Junta Electoral Provincial oportunamente a disponer lo pertinente para su realización -cfr. artículo 117 C.E.N.- garantizando el resguardo de las urnas al finalizar el comicio de conformidad con lo dispuesto en esta resolución.
V.- Confirmar lo dispuesto en Resolución Nro. 71/2024 con relación a los Distritos Tigre, Gral. Pueyrredon, San Martín y Villarino.
VI.- Firme que se encuentren la presente, y realizada la elección complementaria en el Distrito Ezeiza, la Junta Electoral Provincial deberá realizar un nuevo cómputo de los resultados del escrutinio definitivo de la elección interna partidaria de la Unión Cívica Radical del Distrito Buenos Aires. (La Tecla).
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