Los cambios fueron aprobados por mayoría, ya que el bloque de Unión por la Patria votó en contra.
El Concejo Deliberante aprobó -por mayoría- una
modificación al artículo 4 de la ordenanza 4020/20 en relación al
estacionamiento en algunas calles de nuestra ciudad.
Como el bloque de Unión por la Patria rechazó la
propuesta, para avalar los cambios, la bancada de UCR – Juntos por el Cambio
apeló el doble voto del presidente del cuerpo, Casiano Gutiérrez.
De acuerdo a sus considerandos, la nueva ordenanza se
hizo “con el fin de mejorar la disponibilidad de espacios y el acceso dinámico
de los conductores”.
“Se ha advertido la conveniencia de permitir el
estacionamiento de ambas aceras y regular el tiempo de estacionamiento en
sectores comerciales de alto tránsito para garantizar la fluidez vehicular”, se
argumenta en la flamante norma.
“Los comerciantes del centro, en particular aquellos
situados sobre calle San Martín, han solicitado personalmente que se libere la
prohibición de estacionamiento en dicho sector, a fin de facilitar las compras
y trámites de corta duración, beneficiando a sus clientes”, agrega.
Asimismo, como la calle 39 ha sido denominada como
“Calle Teniente Ana Karen Krog, dicha modificación “debe reflejarse en las
normativas vigentes”.
Con las variantes, el artículo 4 quedó redactado de la
siguiente manera: Permítase el estacionamiento sobre ambas aceras en todas las
calles de la ciudad, exceptuando las siguientes, en las que queda prohibido:
• Calle El
Indio e/ Echeverría y Guillermo Aranda sobre vereda par.
• Calle El
Indio e/ Martín Fierro y Gregorio Juárez sobre vereda par.
• Calle El
Indio e/ Echeverría y Martín Fierro sobre ambas manos.
• Calle
Guillermo Aranda e/ Avda. Fuertes y Colón sobre vereda impar.
• Calle
Martín Fierro e/ El Indio e Yrigoyen, vereda impar.
• Calle
Narciso Faudry sobre vereda par.
• Calle
Pte. Perón e/ L. Piedrabuena y Faudry sobre vereda impar.
• Calle
Ramos Ojeda e/ Avda. Fuertes y Maciel sobre vereda par.
• Calle
Rubén Álvarez e/ Gregorio Juárez y Acceso Vivero Parque sobre vereda par.
• Calle Cr.
Mario A. Reyes e/ L. Piedrabuena y 13 de Diciembre sobre vereda impar.
• Calle San
Martín e/ Piedrabuena y El Indio sobre vereda par.
• Calle
Gregorio Juárez e/ El Indio y las Vías
del Ferrocarril sobre vereda par.
• Avda.
Colón e/ Avda. Santagada y San Martín bis sobre vereda impar.
• Calle
Clementina Villamayor e/ Avda. Casal Varela y Lequerica sobre vereda impar.
• Todas las
calles internas de los barrios, sobre vereda par, exceptuando el Barrio
Municipal Nº 2 y la calle René Favaloro en toda su extensión.
• Calle
Martín Fierro e/ El Indio y Calle Teniente Ana Kareng Krog, ambas veredas”.-
30 minutos
ARTICULO 2º) Fíjanse las siguientes normas de
estacionamiento en los sectores que se ============ detallan:
• Calle San
Martín, entre calles Costa e Yrigoyen
(vereda impar), y Calle San Martín, entre Yrigoyen y Maciel (vereda par), se prohíbe en el
horario comprendido entre las 20.00 y las 8.00 hs., de lunes a sábado.
• En el
sector antes dicho se permite el estacionamiento por 30 minutos en el horario
comprendido entre las 8.00 y las 20.00 horas, de lunes a sábado, siendo fiscalizado su cumplimiento por el
área de Inspección General, con el objetivo de procurar un intercambio fluido
de vehículos.
• Queda
prohibido el estacionamiento durante los días domingo.
Fue este el punto en el que se produjeron las mayores
diferencias de posición entre ambos bloques.
ARTICULO 3º) A los fines del cumplimiento de lo
establecido en el Artículo 2º de la presente, el Departamento Ejecutivo
instrumentará los mecanismos que estime corresponder a fin de controlar su
efectivo cumplimiento.-
ARTICULO 4º) Sustitúyase toda referencia a la “Calle
39” en la Ordenanza Nº 4020/20 por “Calle Teniente Ana Karen Krog”.
ARTICULO 5º) El Departamento Ejecutivo colocará la
cartelería correspondiente, a fin de procurar el cumplimiento efectivo de la
presente norma y brinda seguridad vial.
ARTICULO 6º) La Dirección de Inspección y Seguridad
comunicará mediante los mecanismos que estime corresponder, durante un lapso de
treinta días corridos desde la promulgación de la presente Ordenanza, las
disposiciones emanadas de la misma.
Escuchá el debate durante la sesión:
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