domingo, 13 de enero de 2019
Imputabilidad: ¿Por qué discutimos esto? Los crímenes cometidos por adolescentes son muy pocos y descienden año a año
En el marco de la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad que impulsa el Gobierno, Walter Martello, Defensor del Pueblo adjunto de la Provincia de Buenos Aires, elaboró y difundió un informe con argumentos en contra de la iniciativa. En la misma línea, el Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, expresó "nuestra enérgica oposición a cualquier proyecto que implique disminuir la edad de punibilidad de los/as niños/as y adolescentes". Sin embargo, el ministro de Justicia, Germán Garavano, insistió en
defender la iniciativa y anunció que se enviará al Congreso en febrero para discutirlo en sesiones extraordinarias. En informe de Martello consigna que las cifras remarcan el descenso que, desde el 2013 a la fecha, se registra en los homicidios cometidos por jóvenes menores de 18 años. Concretamente, en el 2009 se iniciaron 165 investigaciones penales preparatorias (IPP) por homicidios dolosos consumados por menores, mientras que en el 2017 ese número bajó a 88. El único pico se registró en 2013, con 176 casos que fueron reduciéndose año a año. En el caso de los robos, de acuerdo a datos del 2017, 74.157 fueron cometidos por mayores de 18 años mientras que 2.531 tuvieron como victimarios a menores, lo cual establece una incidencia del 3,41% para ese grupo etario. La participación de menores de 18 años es aún más baja en casos de robo agravado por uso de arma de fuego: sólo un 2,58% de los casos corresponden a ese segmento. Paralelamente, el 99% de los jóvenes privados de la libertad al día 26 de diciembre de 2017 eran de nacionalidad argentina. Reduccionismo punitivo "Nos preocupa que el reduccionismo punitivo respecto a las diversas problemáticas de las niñas, niños y adolescentes ya no es un error conceptual sino una calamidad para toda política pública de la infancia basada en derecho", señala Martello en su informe. Al mismo tiempo, el Defensor del Pueblo provincial reconoce "la necesaria y urgente implementación de un Régimen Penal Juvenil que derogue la Ley N° 22.278" promulgada durante la última dictadura pero subraya que la reformulación debe garantizar a los procesados "la protección especial que se les debe brindar en razón de su edad y etapa de desarrollo, conforme a los objetivos principales del sistema de justicia juvenil, a saber, la rehabilitación de los niños, niñas y adolescentes, su formación integral y su reinserción social". "Por ello buscamos contribuir mediante este posicionamiento a evitar que la discusión se desarrolle sin datos empíricos y la permanente disrupción de emociones y dogmas incomprobables", concluyó Martello. Otros rechazos Al argumentar en contra de la iniciativa el Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, enumeró una serie de argumentos para fundamentar su rechazo. 1.- Es irrazonable: cuantitativamente el número de delitos cometidos por esa franja etaria es insignificante, tal como lo indican todas las estadísticas, por lo que la reforma no reduciría los índices de inseguridad. 2.- La baja de edad de punibilidad afecta los principios de mínima intervención, de última ratio y viola los principios de progresividad y no regresividad. 3.- Correspondería en lugar de disminuir la edad de punibilidad dar cumplimiento a los derechos económicos, sociales y culturales. Un estudio de Unicef reveló que el 48% de los/as niños/as y adolescente son pobres y el mayor porcentaje de infractores integra este porcentaje. 4.- La mayoría de los Sistemas Provinciales de Protección de Derechos encuentran serias dificultades para dar cumplimiento a los principios básicos previstos en la Ley N° 26.061, a los que es prioritario fortalecer. 5.- El propio Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación por Resolución N° 21/17 creó una comisión integrada por varios especialistas, para analizar el tema que nos ocupa, la que concluyó que corresponde mantener la edad de punibilidad en los 16 años. 6.- El contacto temprano con la ley penal no es recomendado por la criminología nacional e internacional. 7.- El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas exhortó al Estado Nacional a que las leyes respecto de los niños/as y adolescentes no incluyan disposiciones que aumenten las penas o reduzcan la edad de responsabilidad penal. FUENTE Y FOTO: BIGBANG NEWS
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